Para entender qué ocurre después de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, primero es importante tener claro en qué consiste la Ley de la Segunda Oportunidad.
Se trata de un mecanismo legal que permite cancelar de forma definitiva las deudas de una persona, reiniciando su economía y su historial crediticio al extinguirse todos los créditos pendientes de pago.
Ahora bien, ¿qué ocurre realmente después de recibir la resolución del Juez por la que exonera todas mis deudas? Te lo explicamos y detallamos en cuatro puntos distintos:
¿Qué ocurre después de la exoneración en cuanto a las deudas que tenías y que han sido canceladas?
- Se cancelan todas las deudas en su totalidad, es decir, junto con todos sus intereses, comisiones y cualquier otro gasto que tuvieran añadido como consecuencia del impago.
- Se produce el archivo definitivo de cualquier proceso judicial de reclamación de cantidad que ya tuvieras abierto.
- Se prohíbe el inicio de cualquier nuevo proceso judicial por las deudas canceladas, así como se prohíbe la realización de cualquier embargo. Además, para el caso de que por error del Juzgado se produjera, podemos cancelarlo y solicitar cualquier devolución económica sin ningún problema, con una garantía del 100%.
¿Qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad en cuanto al historial crediticio?
- Salida de todos los ficheros de morosidad. Una vez recibido el Auto de exoneración, se podrá tramitar la salida de cualquier fichero de morosidad en el que te encuentres incluido por cualquiera de las deudas.
- Si algún fichero de morosidad se niega a eliminar tus datos o te incluye posteriormente por cualquiera de las deudas exoneradas, se pueden iniciar acciones judiciales frente a ellos por vulneración del derecho al honor.
- Normalización de la situación financiera en el CIRBE. Este organismo es la “Central de Información de Riesgos del Banco de España”, y en ella se recogen los préstamos y demás instrumentos financieros que se encuentran a tu nombre, incluidos los impagados. Por ello, en el momento en el que se cancelan las deudas, los acreedores estarán obligados a actualizar la información facilitada al CIRBE con la extinción de tu deuda, a fin de que se eliminen tus datos.
- Puedes acceder a nuevos préstamos, financiaciones, tarjetas, hipotecas, etc.
- Al contar con un historial crediticio limpio, contarás con mayor capacidad negociadora en cuanto a tipos de interés, plazos de devolución, etc.
En cualquier caso, también hay que destacar que, en muchas ocasiones, aunque el historial crediticio se encuentre saneado, las entidades en las que previamente has tenido deuda cuentan con sus propios mecanismos y sistemas de información interna, siendo posible que, si vuelves a solicitarles financiación, esta sea denegada. Aunque esta decisión no cuenta con suficiente base legal, es una práctica habitual.
No obstante, contamos con sendas entidades de crédito para poder realizar cualquier nueva solicitud.
¿Se puede revocar la exoneración tiempo después de haberla concedido?
La respuesta es que SÍ, pero es muy complicado que esto suceda, puesto que solo se da en tres casos tasados por la Ley:
- Que, con posterioridad a la concesión de la cancelación de las deudas, algún acreedor informe al Juez que se han ocultado bienes dentro del proceso. Por ejemplo, no se comunicó e informó que tenías una vivienda.
- Que, en caso de haber finalizado el proceso por medio de la aprobación de un plan de pagos para cubrir un porcentaje global de la deuda, este plan de pagos se incumpla.
- Que mejore sustancialmente tu situación económica. Aquí se suele hablar de dos supuestos: que te toque la lotería o que recibas una herencia cuantiosa. Es decir, debe tratarse de una cantidad con la que pudieras pagar todas las deudas que fueron exoneradas sin ninguna dificultad para tu economía. Pero, si por el contrario, tu mejora económica se trata de un aumento de sueldo, un mejor trabajo o un ingreso inesperado pero moderado, no habrá ningún riesgo.
El plazo máximo por el que se puede revocar la exoneración es de 3 años. Si, una vez transcurrido ese tiempo te encuentras en alguna de estas situaciones, el plazo ya habrá expirado, y nadie podrá solicitar la revocación de tu cancelación de deudas.
Por suerte, la Ley también prevé la posibilidad de que, pese a haber obtenido la cancelación de tus deudas, si tu situación económica vuelve a resultar compleja y vuelvas a caer en el sobreendeudamiento puedas iniciar un nuevo proceso de Ley de Segunda Oportunidad.
Por ello, para este caso, podrás volver a tramitar una nueva Ley de Segunda Oportunidad en los siguientes plazos:
- Si tu proceso se ha tramitado por medio de un plan de pagos para cubrir un porcentaje global de deuda, una vez finalizado su cumplimiento, podrás solicitar una nueva Ley de Segunda Oportunidad transcurridos 2 años.
- En cualquier otro caso, bien sea en un concurso sin masa o con liquidación del patrimonio, deberán transcurrir 5 años desde la resolución del Juez por la que se exoneran las deudas.
No obstante, te damos unos pequeños consejos para evitar volver a caer en situación de insolvencia y sobreendeudamiento:
- Siempre se recomienda que las deudas no superen el 30% de los ingresos mensuales.
- Elabora un presupuesto mensual donde detalles cada ingreso y cada gasto. Así podrás analizar cada gasto y eliminar o modificar alguna partida innecesaria. Por ejemplo, si observas que los suministros ocupan un porcentaje demasiado elevado, puedes plantearte cambiar de compañía y ahorrar una pequeña cantidad mensual por este concepto.
- No actúes impulsivamente. Antes de solicitar algún préstamo, tarjeta o financiación, piensa bien si es realmente necesario o si tienes otra vía de solución. En caso de que sea la única salida, no firmes lo primero que te envíen, lee bien las condiciones y compáralas con las que te pueda ofrecer alguna otra entidad y que puedan resultar más beneficiosas.
- Antes de firmar el contrato, revisa bien los tipos de interés, así como cualquier gasto añadido, y los plazos de devolución del mismo. Si tienes dudas sobre la legalidad o no, es recomendable que, previo a su firma, te informes con un abogado experto en la materia.
- No pidas microcréditos. Sus intereses suelen ser usureros y sus plazos de devolución prácticamente inmediatos. En muchos casos, al mes siguiente vas a tener que devolver más del doble de la cantidad solicitada y concedida.
Qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad: ficheros de morosidad
¿Qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad te encuentras incluido en un fichero de morosidad?
Tras haber obtenido la exoneración de tus deudas, puedes solicitar la eliminación de tus datos presentando la resolución judicial que lo acredita.
Los responsables del fichero (como ASNEF o RAI) están obligados a actualizar tu situación. Si no lo hacen, puedes ejercer tus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para reclamar la supresión de tu información.
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¿Qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad?
Ya sabes lo que ocurre tras finalizar el proceso, pero quizá aún te preguntes qué sucede con las deudas. Aquí te lo explicamos con claridad: ¿qué pasa con mis deudas si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?.
El proceso no acaba con la resolución
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